Se concede el uso de la tribuna al señor Diputado Don César Augusto Santiago Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar punto de acuerdo por el que se cita a los Secretarios de Gobernación y de la Función Pública y al Procurador de la Defensa del Trabajo para que informen cuándo resolverá la Administración Pública Federal la controversia planteada por el Sindicato Mexicano de Electricistas.
-EL C. DIPUTADO CESAR AUGUSTO SANTIAGO RAMIREZ: Señoras y señores de la Comisión Permanente:
Quiero proponerles un punto de acuerdo con un interés destacado en términos del conflicto que vive el Sindicato de Mexicano de Electricistas, pero más aun con el propósito de motivar una solidaridad con el estado de derecho que en mi opinión, en este país, solo existe como una entelequia.
Resulta amigas y amigos que el Sindicato Mexicano de Electricistas, de distintas formas y con distintos medios, ha insistido una y otra vez porque le contesten preguntas muy elementales, la primera tiene que ver con la existencia de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la segunda pregunta tiene que ver con la existencia de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y la tercera tiene que ver con la función de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, que supongo, tiene la responsabilidad de velar por los intereses de los trabajadores.
Ninguna de las tres preguntas le han contestado nunca, y yo creo que nadie tiene interés en que estas preguntas se contesten, me da pena reconocerla que ni ustedes, señoras y señores senadores y diputados, no hay interés para estas cosas.
No se trata de insistir sobre si el Presidente tuvo o no razones de fondo para dictar el decreto que dictó, yo creo que no las tuvo, por eso no se trata de que me hagan caso en esta opinión, se trata de que contesten estas preguntas elementales.
Sucede, amigas y amigos, que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo exige que todos los decretos, acuerdos, actos o resoluciones del Poder Ejecutivo, sean primero analizadas en la llamada Comisión Federal de Mejora Regulativa, y tiene una razón de ser esta exigencia, y la razón de ser es para evitar que los decretos del Ejecutivo, como solía ser en una época, con su director jurídico se emitan sin haber visto cabalmente las implicaciones del asunto.
La propia Ley de Mejora Regulatoria dice que si no se cumple el requisito de someter estos decretos y acuerdos previamente a la supervisión de la comisión no tendrán efecto alguno, y no solamente eso, dice que el Secretario de Gobernación no debe ordenar la publicación de ninguno de estos actos o decreto, sin ver previamente que la Comisión lo revisó. Así de sencillo.
Pues esto, señoras y señores, sobrevivientes de la Comisión Permanente, no le han querido contestar al Sindicato Mexicano de Electricistas, pero más grave aún, no creo que haya el menor interés de contestarlas nunca, cuál estado de derecho, si simplemente el derecho de petición no puede ser satisfecho de ninguna manera.
No esperemos que esto sea motivo de una cuestión mediática, porque no le interesa al Ejecutivo, y como consecuencia de ello fue difícilmente aparecer en los medios.
Yo les dejo aquí mi inquietud con la propuesta para que acuerde la Permanente que estas elementales preguntas, ingenuas, hasta diría yo, porque seguramente no van a motivar ninguna respuesta, se hagan al Secretario de Gobernación, al Secretario de la Función Pública, y al Procurador de la Defensa del Trabajo, si es que aún existe, yo duda ya de que exista, porque no veo que aparezca en ninguno de los conflictos laborales de este país.
Sugiero que les hagamos estas preguntas elementales que contiene mi punto de acuerdo, y ojalá merezca la aprobación de ustedes, muchas gracias. (Aplausos).
Turnado a la Primera Comisión para su análisis y dictamen.