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jueves, 1 de diciembre de 2011

Elimina Senado fuero; deja inmunidad

Por 81 votos, modifica los artículos 38, 108, 111 y 112 de la Carta Magna y turna el proyecto a la Cámara de Diputados

Armando Estrop

Ciudad de México (1 diciembre 2011).- El Senado avaló cambios constitucionales para iniciar procesos judiciales por cualquier delito a quien tenga fuero, sin el juicio de procedencia.

El Senado de la República aprobó hoy con 81 votos modificar la Carta Magna a fin de eliminar el fuero constitucional.

Este cambio permitirá que se le inicie proceso judicial por cualquier delito a quien tenga fuero, sin que sea necesario que la Cámara de Diputados haga el juicio de procedencia.

El proyecto que modifica los artículos 38, 108, 111 y 112 de la Constitución fue impulsado por el senador perredista Pablo Gómez, y elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales.

El presidente de la Comisión, el priista Pedro Joaquín Coldwell, aseguró que con este cambio a la Constitución se cumple una muy vieja demanda de la sociedad al Congreso mexicano.

"La sociedad se lamenta de que muchas veces o pocas veces atendemos sus planteamientos, y una vieja demanda es que modernicemos el sistema de los servidores públicos para evitar la inmunidad", aseguró.

Los servidores públicos que perderían el fuero para enfrentar a la ley serían diputados y senadores, ministros de la Corte, magistrados del Tribunal Electoral, consejeros de la Judicatura, secretarios de Estado, diputados de la ALDF, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el titular de PGR, el Procurador capitalino y los consejeros del IFE.

La reforma establece que estos funcionarios gozan de inmunidad y, por tanto, no podrán ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo.

Coldwell explicó que a diferencia del proceso actual, en el cual hasta que no haya una declaración de procedencia no hay proceso judicial, el juicio se podrá realizar y la sentencia será aplicable al término del encargo del funcionario o legislador o, en su caso, si la Cámara baja decide quitarle antes la inmunidad.

"Sería juzgado y ya con una sentencia judicial la Cámara decidirá, ya con consideraciones políticas, si retira o no la inmunidad. La sentencia quedaría firme y se aplicaría cuando el funcionario terminara su encargo", explicó.

Estas modificaciones fueron enviadas a la Cámara de Diputados para que como colegisladora las revise y en su caso las apruebe, a fin de que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor.

Fuente : Reforma