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miércoles, 30 de enero de 2013

Niega la SCJN amparo para que trabajadores del SME sean recontratados


Juzgó que el Ejecutivo federal no era patrón de LyFC, por lo que la relación laboral quedó extinguida.

Jesús Aranda
Publicado: 30/01/2013 12:42

México, DF. La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación  negó el amparo al Sindicato Mexicano de Electricistas, al considerar que el Ejecutivo federal no era patrón del organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, por lo que la relación laboral con los trabajadores quedó extinguida.

Por unanimidad, los ministros avalaron el proyecto de Luis María Aguilar, quien le negó el amparo al SME y con ello, la posibilidad de que la Comisión Federal de Electricidad se convierta en patrón sustituto.

Los ministros señalaron en sus intervenciones que los trabajadores mantienen sin cambio a recibir la indemnización correspondiente que establece la Ley Federal del Trabajo y el contrato colectivo vigente al momento de la liquidación de Compañía de Luz en octubre de 2009.

La resolución consideró que el Presidente de la República no es el patrón de los trabajadores de los organismos descentralizados, porque éstos no están subordinados directamente al Ejecutivo federal, además de que estas empresas tienen patrimonio y personalidades propios.

Con esta premisa, los ministros resolvieron que la extinción de Luz y Fuerza fue "una causa mayor", ya que la paraestatal tuvo que acatar una orden externa.

De manera que, sostuvieron, al actualizarse dicha premisa fue legal la disposición presidencial de designar al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) como organismo encargado de la liquidación laboral de los trabajadores.

La Jornada