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domingo, 3 de febrero de 2013

La justicia de la injusticia


La Suprema Corte de Justicia de la Nación fue instituida por el Constituyente como el departamento del Estado encargado de decir el derecho de todos y cada uno de los mexicanos; pero no tanto de hacer pronunciamientos de carácter legal (la ley dice esto) como de realizar la justicia. Es importante para todos que tengamos un órgano que se dedica a esclarecernos lo que las leyes, en su relación con la Constitución, dicen y quieren decir y los objetivos a los que están dirigidas. Lo más importante, sin embargo, es que las injusticias se aclaren y se rediman. La Corte está pensada para realizar el derecho con justicia.

De acuerdo con ello, debería ser un modelo de buen funcionamiento y de probidad en sus funciones. Pero el Supremo Tribunal que tenemos en los hechos deja mucho que desear por sus excesos legaloides y su falta casi absoluta de educación filosófico jurídica que impide a sus miembros entender que su cometido es realizar la justicia. Lo ha demostrado muchas veces y el colmo ha llegado al revocar el amparo que el Sindicato Mexicano de Electricistas había obtenido del segundo tribunal colegiado en materia de trabajo en contra del decreto presidencial que desapareció la paraestatal Luz y Fuerza del Centro y que obligaba a la Comisión Federal de Electricidad, en su condición de patrono sustituto, a recontratar a los trabajadores.

El alegato del ministro ponente, Luis María Aguilar, que sirvió de base a la resolución es un ejemplo de rabulería e ignorancia del derecho. Según él, el presidente de la República no es patrón de los trabajadores de los organismos descentralizados, porque éstos tienen su propio estatuto y se manejan autónomamente. Aparte de ni siquiera interesarse por el hecho de que, con todo y su autonomía, el presidente, por decreto, desapareció a LyFC, el ministro y todos los que le siguieron se pasaron por el arco del triunfo la teoría fundamental de nuestro principio constitucional de la división de poderes.

Según ellos, ahora tenemos cuatro poderes federales: los tres que ya conocemos y otro, la Administración Pública Federal, en la que estaba incluida LyFC, ignorando que la tal administración queda bajo la autoridad del Poder Ejecutivo y que éste es el responsable directo, frente a la nación y a los demás poderes, de todos y cada uno de los órganos que la constituyen (artículo 90 de la Carta Magna). Si es Ejecutivo, este poder lo es porque tiene bajo su mando a la Administración Pública Federal y es a través de ella que ejecuta. Cualquiera que haya cursado derecho administrativo lo sabe de sobra.

La del ministro Aguilar parece ser la teoría de lanzar la piedra y esconder la mano… El presidente puede, por decreto, desaparecer un organismo descentralizado, pero no ser responsable de las consecuencias. Llamarle a eso causa de fuerza mayor es un insulto a la inteligencia de todo un pueblo. Violar la Constitución pasando, encima, por sobre el derecho de los trabajadores de elegir entre ser despedidos mediante indemnización y ser reinstalados en su trabajo es una felonía. En su momento, el sindicato alegó que la fuente no desapareció, siguió ahí, funcionando y prestando el servicio. Lo que desapareció fue el nombre de LyFC. La empresa sustituta (la CFE) es, ni duda cabe, también el patrón sustituto.

La Corte no sabe hacer justicia. La suya es la justicia de la injusticia.

La Jornada